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Conforme lo establece el art. 26 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Plan Anual deberá ser publicado por cada Entidad en el SEACE. Asimismo, MI EMPRESA tendrá acceso permanente a la base de datos de los Planes Anuales registrados en el Seace para su análisis y difusión entre las micro y pequeñas empresas. |
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